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La prensa libre de Radio Bio-Bio informa a través de Ignacio Caballero:
La modificación de ciertas expresiones contenidas en la normativa de construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, podría, eventualmente, permitir la ejecución de los polémicos centros comerciales en Castro y Valparaíso.
Hasta ahora, el protocolo vigente señala que toda construcción de este tipo -como la del Mall Baron- debía enfrentar una vía estructurante dentro de los requisitos para su emplazamiento. Sin embargo, a través de un decreto emanado desde el Minvu hace algunos días, se modificó la ordenanza general de urbanismo y construcción.
Ello, específicamente el artículo 2.1.35 entre otros, el cual indica que se debe remplazar la expresión “al tipo de vía existente que enfrentan” por “su emplazamiento en función de la vía con que se relacionan”.
Más adelante, la modificación establece que se debe reemplazar en los numerales uno, dos y tres la expresión “y sólo se podrá ubicar en predios que enfrenten”, por “y se emplaza en predios cuyo acceso vehicular se ubique a no mas de 300 metros”.
En el caso de Valparaíso, una de las trabas que han esgrimido los opositores a la construcción del Mall Barón, ha sido precisamente que el mega centro comercial no enfrenta la vía estructurante Avenida España. Lo que con esta modificación podría subsanar ese inconveniente.
Al respecto, el biólogo Salvador Donghi, quien forma parte del principal grupo de detractores del Mall Barón, indicó que con estos hechos se esta ajustando el traje para que el proyecto no tenga objeciones.
Por su parte, el consejero regional Manuel Millones, señaló que esta modificación de la normativa repercute en los grandes proyectos que se quieran emplazar en todo el país, criticando ademas al ministro de Vivienda y Urbanismo, Rodrigo Pérez.
Ademas, Millones señaló que esta modificación repercute en el proyecto del Mall de Castro, el cual se mantenía en conflicto por los mismos puntos expuestos en la antigua normativa.
http://media.biobiochile.cl/wp-content/uploads/2013/12/decreto.pdf
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Tipo Norma :Decreto 1
Fecha Publicación :12-12-2013
Fecha Promulgación :03-01-2013
Organismo :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Título :MODIFICA DECRETONº 47, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE
URBANISMO Y CONSTRUCCIONES EN RELACIÓN A MATERIAS DE
DIVERSA NATURALEZA
Tipo Versión :Unica De : 12-12-2013
Título Ciudadano :
Inicio Vigencia :12-12-2013
Id Norma :1057052
URL :http://www.leychile.cl/N?i=1057052&f=2013-12-12&p=
MODIFICA DECRETONº 47, DE 1992, ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES EN
RELACIÓN A MATERIAS DE DIVERSA NATURALEZA
Santiago, 3 de enero de 2013.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.- Visto: El DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones; el DL Nº 1.305, de 1975; la ley Nº 16.391; el DS Nº 193 (V. y U.), de 2005; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y las facultades que me confiere el artículo 32 número 6º de la Constitución Política de la República de Chile,
Decreto:
Decreto:
Artículo único.- Modifícase la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, cuyo texto fue fijado por DS Nº 47 (V. y U.), de 1992, en la siguiente forma:
1. Elimínase en el inciso tercero del artículo 1.4.4. la expresión "indicando las calles circundantes" y la coma que la precede.
2. Agrégase en el inciso tercero del artículo 2.1.25., a continuación del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, el siguiente texto:
"Las edificaciones destinadas a hospedaje se entenderán admitidas en las zonas con uso de suelo equipamiento, salvo prohibición expresa en el Instrumento de Planificación Territorial."
3. Modifícase el artículo 2.1.30. en el sentido de reemplazar el inciso tercero por el siguiente:
"El porcentaje antes indicado se calculará respecto de la superficie del área verde o parque ocupada por las construcciones, según el coeficiente de ocupación de suelo de las edificaciones, tanto existentes como proyectadas, sumada a la superficie ocupada por las circulaciones vehiculares y estacionamientos sobre el terreno."
4. Modifícase el artículo 2.1.31. de la siguiente forma:
a) Reemplázase en el inciso primero el vocablo "definida" por "establecida".
b) Intercálase, a continuación del inciso segundo el siguiente nuevo inciso
tercero, pasando los actuales incisos tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo a ser incisos cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno,respectivamente:
"El porcentaje antes indicado se calculará respecto de la superficie de área verde ocupada por las construcciones, según el coeficiente de ocupación de suelo de las edificaciones, tanto existentes como proyectadas, sumada a la superficie ocupada por las circulaciones vehiculares y estacionamientos sobre el terreno."
c) Intercálase, a continuación del inciso octavo, que pasó a ser inciso noveno, el siguiente nuevo inciso décimo:
"Se exceptúan de lo anterior las áreas verdes de propiedad fiscal o municipal que se regirán por las disposiciones establecidas en los incisos segundo y siguientes del artículo 2.1.30."
5. Intercálase en el inciso segundo del artículo 2.1.33., a continuación la expresión "destinado a equipamiento," la oración "pudiendo el respectivo Instrumento de Planificación Territorial limitarlos a la aplicación del inciso segundo del artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, relativo a autorizaciones de cambio de destino", precedida de una coma.
6. Modifícase el artículo 2.1.35. en la siguiente forma:
a) Reemplázase la expresión "al tipo de vía existente que enfrentan" por "su emplazamiento en función de la vía con que se relacionan".
b) Reemplázase la oración "Para los efectos de lo dispuesto en el presente artículo, se entenderá como vía existente aquella vía materializada y conectada con otra vía existente cuyo ancho de calzada sea igual o superior" por la oración "Para efectos de lo dispuesto en el presente artículo la vía con la cual se relacionan conforme al artículo 2.1.36. debe estar materializada y conectada con una vía existente cuyo ancho de calzada sea igual o superior, o bien, ser materializada con dichas características por el proyecto, antes de su recepción definitiva".
7. Modifícase el artículo 2.1.36. en el siguiente sentido:
a) Reemplázase en el encabezado la expresión "y ubicación respecto de la
categoría de la vía que enfrentan" por "y su emplazamiento en función de la vía
con que se relacionan".
b) Reemplázase en los numerales uno, dos y tres la expresión "y sólo se
podrá ubicar en predios que enfrenten" por "y se emplaza en predios cuyo acceso
vehicular se ubique a no más de 300 metros de".
c) Reemplázase en el numeral cuatro la expresión "sólo se podrá ubicar" por
"se emplaza".
d) Intercálase a continuación del inciso primero el siguiente nuevo inciso segundo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser incisos tercero y cuarto, respectivamente:
"Para los efectos del cálculo de las distancias a que se hace referencia en el inciso anterior se considerarán los ejes de las calzadas de vías vehiculares públicas, excluidos los pasajes, y su medición se efectuará desde la vía con que se relaciona el respectivo equipamiento, hasta su acceso vehicular,independientemente del sentido del tránsito de las vías."
8. Intercálanse a continuación del inciso primero del artículo 2.4.4. el siguiente nuevo inciso segundo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero:
"En caso de proyectos que contemplen accesos mediante calzadas, en vez de pasos sobre la acera, tales calzadas deberán cumplir con las características y estándares de diseño establecidos en el artículo 2.3.2. de esta Ordenanza."
9. Agrégase en el inciso segundo del artículo 5.1.12., a continuación de la expresión coeficiente de constructibilidad" el texto "salvo que se trate de recintos de hoteles u otras edificaciones con destino de hospedaje".
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE,
Presidente de la República.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Francisco Javier Irarrázaval Mena, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
Comentarios
Enviado por Camilo 2010 el Vie, 20/12/2013 - 10:20 Enlace permanente
La historia los desafía más
La historia los desafía más allá de las luces de artificio
de Jorge Bustos
El capital intangible manda en estos tiempos, aunque nos lleve a una debacle. La información es, en tal sentido, el oro del siglo XXI, por eso manejar qué decir, cómo decir, cuándo y a quiénes o por qué medio es clave, trascendente incluso, puede cambiar la vida de las personas, reordenar la institucionalidad, hacer posible lo que antes no era, acordar lo que era impensado, legal lo ilegal, ético lo que no tiene ética, público lo privado y admisible lo que no se debería admitir.
Las leyes son interpretables, no así sus frutos. Cambiar una disposición tiene objetivos, se supone que estos se alinean con la voluntad y el provenir de los pueblos que va a regir, pero sabemos que algo no está funcionando en tal sentido. Manejar la información, ocultarla o manipularla es hoy un arte perverso, el de los así llamados “poderes fácticos” y sus redes para su negocio que parece grande, pero que a nuestros ojos sólo muestra a lo que puede llegar la pequeñez humana.
Aparentemente la última modificación a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones viene a validar un eventual nuevo permiso para Mall Plaza en Barón. Pues cambia la exigencia de obras de equipamiento mayor en orden a "enfrentar" por "estar conectado con" vía troncal o expresa. Si bien es discutible que se aplique a permisos ya otorgados (incluso esta modificación sirve para validad nuestra interpretación pues si la modificación se hizo es porque era necesaria), despeja el camino para nuevos permisos, para el negocio.
A los aprendices chilensis (por cierto malos alumnos) los hemos ido descubriendo de a poco, claro que algunos se han salvado por la complicidad pagada con indemnizaciones y por la falta de empeño o la famosa entrega de representatividad de la responsabilidad a otros.
Hace unos años en nuestra ciudad un grupo de activos ciudadanos se empecinó en asumir su responsabilidad de ser activo defensor de sus cuestiones identitarias y también de ejercer sus derechos, lo que hoy ha puesto en el conocimiento público las más escandalosas actividades de varias autoridades y comerciantes por imponernos un proyecto que cada vez se cae y se derrumba en sus narices.
Hace poco nos enteramos de la destrucción de parte del patrimonio histórico y arqueológico de nuestra ciudad y lo denunciamos, ellos han negado todo, pero lo que no han dicho es que también han usado la artilugios para tratar de burlar las normas que nos rigen y al final los hemos pillados.
Todo su andamiaje de mentiras y cortinas de humos se sostiene en dos ilegalidades:
La primera es que el ex senador Cantero logró seducir a la contralora general de la República subrogante para que afirmara y decretara que los Mall y centros comerciales son “actividades portuarias” y por lo tanto, favoreciera que la concesión sea de 30 años y no de 10, como lo dice la ley.
La segunda y más grave ha sido desconocer textos, recomendaciones, resoluciones y leyes de la República para destruir la historia, el valioso patrimonio que nos recuerda que somos lo que somos porque antes, otros, hicieron una pega, una obra maravillosa, reconocida por ellos mismos en documentos que hoy logramos descubrir entregados al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), donde describen la destrucción de los mismos.
El respeto de esta empresa (Falabella) por la ciudad y su historia es nula, a ellos solo les interesa vender y endeudarnos más, demostrar su poderío, comprando y corrompiendo a cuanta autoridad y funcionario se les cruce. Buscan y buscan ases bajo la manga, conejos que no son como esta nueva interpretación para la ordenanza. Fabrican todo un andamiaje de poder y de silencio, pero algo no se afirma y se cae, siempre se cae porque los verdaderos artesanos, obreros, trabajadores que saben construir un país están atentos, junto a profesionales y académicos, a los jóvenes que no necesitan más que verdades, certezas, no ilusiones de artilugios fanfarrones.
Todo revela que la importancia de fondo es desterrar la sinvergüenzura de la política, detener el descaro del poder del dinero, que lucha por imponerse y que no puede, pues existen Porteños que no tienen precio, sino coraje, el mismo de aquellos que forjaron nuestra ciudad como un Puerto principal, no como un mercadito de intangibles. Y por eso, aparecen, allí cuando ellos quieren construir su mall, la tierra entrega lo mejor de nuestra historia para enfrentarlos, con su gente que siempre ha sido, es y será lo más valioso que tiene La Patria.
¡¡¡Para fuegos artificiales, está el Año Nuevo!!!
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